En el ámbito del derecho de familia, los acuerdos prematrimoniales permiten a las parejas establecer, de forma anticipada, las normas que regirán aspectos económicos y patrimoniales en caso de una futura separación, divorcio o fallecimiento. Este tipo de acuerdo, aunque aún no es tan común en España como en otros países, está ganando cada vez más relevancia gracias a las ventajas legales y emocionales que aporta.


¿Qué son los acuerdos prematrimoniales?

Los acuerdos prematrimoniales, también conocidos como capitulaciones matrimoniales, son contratos legales que las parejas firman “antes” de contraer matrimonio. Su finalidad principal es regular los aspectos económicos y patrimoniales de la relación, adaptándolos a las necesidades y circunstancias de los futuros cónyuges. Pueden incluir disposiciones sobre la división de bienes, régimen económico del matrimonio, pensión compensatoria y otras cláusulas relevantes para ambas partes.



Ventajas principales



¿Qué se puede incluir en un acuerdo prematrimonial?

En un acuerdo prematrimonial se pueden establecer aspectos como el régimen económico matrimonial, definiendo si optarán por gananciales, separación de bienes o participación. También se puede detallar cómo se dividirán los bienes adquiridos antes y durante el matrimonio, así como la gestión de las deudas, ya sean conjuntas o individuales. Adicionalmente, es posible incluir cláusulas sobre pensiones compensatorias, especificando las condiciones para apoyar económicamente a una de las partes en caso de divorcio, y sobre cómo se tratarán las herencias y donaciones, asegurando una protección adecuada de estos bienes.


Requisitos en España

Para que un acuerdo prematrimonial sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos:


Preguntas frecuentes

  1. ¿Es posible modificar un acuerdo prematrimonial después del matrimonio?
    Sí, es posible modificarlo mediante una nueva escritura pública ante notario, siempre que ambas partes estén de acuerdo.
  2. ¿Qué sucede si no se firma un acuerdo prematrimonial?
    Si no se establece un acuerdo, se aplicará el régimen económico por defecto del lugar de residencia, como el régimen de gananciales en la mayoría de las comunidades autónomas de España.
  3. ¿Pueden los acuerdos prematrimoniales incluir cláusulas sobre la custodia de hijos?
    No, los acuerdos prematrimoniales no pueden establecer disposiciones sobre la custodia de hijos, ya que estas cuestiones siempre deben ser decididas por un juez en función del interés superior del menor.


OLGA SAMANES ALCOYA
Abogada Especializada en Derecho de Familia

Pamplona, Navarra, España
Teléfono: +34 632 60 26 47 | Email: osamanes@micap.es