
En el derecho de familia español, es común encontrar términos como tutela y patria potestad, los cuales pueden parecer similares pero tienen roles distintos, sobre todo cuando se trata de proteger a menores o personas incapacitadas. Aquí te explicamos sus diferencias y los casos en los que cada figura es necesaria para que te sea fácil distinguir entre ambos.
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¿QUÉ ES LA PATRIA POTESTAD?
La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley otorga a los padres sobre sus hijos menores, y se ejerce de forma natural hasta que el hijo alcanza la mayoría de edad o se emancipa. Esta responsabilidad incluye desde la educación, representación y administración de bienes del menor, hasta decisiones importantes sobre su salud y bienestar. En la mayoría de los casos, la patria potestad es compartida por ambos progenitores, quienes deben tomar decisiones en conjunto y en beneficio del menor. Es una obligación ineludible para los padres y no puede renunciarse salvo en casos de sentencia judicial.
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¿QUÉ ES LA TUTELA Y CUÁNDO SE APLICA?
La tutela es una medida de protección establecida en el Código Civil español (Artículos 215 y 222) para menores y personas incapacitadas que no están bajo la patria potestad de sus padres. Esta figura se aplica, por ejemplo, cuando un menor queda huérfano, cuando sus padres han sido privados de la patria potestad, o si ambos están incapacitados para ejercer sus responsabilidades. En estos casos, un tutor es designado, ya sea por los propios padres en un testamento o por el juez, para representar y proteger los intereses del menor o incapacitado.
El tutor asume decisiones relacionadas con el bienestar y el patrimonio del menor, siempre bajo la supervisión judicial, asegurando que todas las decisiones se tomen en beneficio de la persona protegida.
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CASOS EN LOS QUE ES NECESARIA LA TUTELA
La tutela se utiliza en situaciones específicas, como:
1. Cuando los padres fallecen o están ausentes y no pueden ejercer la patria potestad.
2. Cuando un adulto es declarado judicialmente incapaz y necesita que alguien administre sus bienes y cuide de su bienestar personal.
3. En casos donde una sentencia judicial retira la patria potestad a los padres, el tutor designado asume las decisiones.
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PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LA TUTELA Y LA PATRIA POTESTAD
La diferencia clave es que la patria potestad es un derecho y deber natural de los padres y se ejerce de forma obligatoria, mientras que la tutela se impone únicamente en ausencia de los padres o cuando estos pierden sus derechos legales sobre el menor. Además, la tutela está siempre bajo supervisión judicial para asegurar que se actúe en beneficio del tutelado.
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¿CUÁLES SON LAS RESTRICCIONES Y LIMITACIONES PARA EJERCER LA TUTELA?
Para ejercer la tutela en España, existen ciertas limitaciones y requisitos que buscan garantizar que la persona designada como tutor actúe siempre en el mejor interés del menor o de la persona incapacitada. Entre estas restricciones, la ley establece:
1. Inhabilidad por Conflicto de Intereses: No puede ser tutor una persona que tenga intereses económicos, legales, o personales que puedan entrar en conflicto con el bienestar de la persona tutelada.
2. Antecedentes Penales o Historial de Abuso: Aquellos que hayan sido condenados por delitos que afecten la integridad o la seguridad familiar, como maltrato o abuso, están inhabilitados para asumir la tutela.
3. Proximidad Familiar y de Afinidad: La ley prioriza que la tutela recaiga en familiares o personas cercanas al menor o incapaz, evitando en lo posible que personas desconocidas asuman esta responsabilidad.
4. Supervisión Judicial Permanente: Aunque la tutela otorga al tutor la facultad de tomar decisiones en nombre del tutelado, estas decisiones están sujetas a la supervisión judicial, especialmente en el caso de acciones importantes como la administración de bienes o el cambio de residencia.
Estas restricciones, entre otras, están especificadas en el Código Civil español en el artículo 234, que busca asegurar que solo personas idóneas y comprometidas asuman este rol. Esta supervisión y las limitaciones impuestas ayudan a proteger a quienes más lo necesitan, garantizando que el tutor actúe siempre en su beneficio y no en el suyo propio.
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PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿En qué casos pueden los abuelos u otros familiares asumir la tutela de un menor?
Cuando los padres no pueden ejercer la patria potestad debido a fallecimiento, incapacidad o sentencia judicial, los abuelos o familiares cercanos pueden solicitar la tutela del menor. Sin embargo, la asignación siempre requiere la intervención del juez, quien evalúa el entorno y el beneficio para el menor antes de designar a un tutor.
2. ¿Puede un padre renunciar a la patria potestad sobre su hijo?
En términos generales, la patria potestad no es algo que un padre o madre pueda renunciar voluntariamente, ya que es una obligación legal. Sin embargo, en situaciones muy específicas, un juez puede suspender o retirar la patria potestad, especialmente en casos donde existe riesgo para el menor.
3. ¿Quién administra los bienes de un menor si está bajo tutela?
El tutor designado es quien se encarga de la administración de los bienes del menor. Sin embargo, la tutela está sujeta a supervisión judicial para evitar abusos y asegurar que el patrimonio del menor se gestione en su mejor interés.
4. ¿Cuál es el proceso para solicitar la patria potestad compartida si los padres están separados?
La patria potestad compartida sigue siendo la norma, aunque los padres estén separados. Para modificar su ejercicio, es necesario presentar una solicitud ante el juez, quien evaluará factores como el bienestar del menor y las circunstancias de cada progenitor antes de tomar una decisión.
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¿POR QUÉ ES IMPORTANTE CONTAR CON ASESORÍA JURÍDICA?
Entender estas figuras legales puede ser clave en situaciones de herencia, protección de menores, o en el caso de adultos incapaces que necesitan asistencia. Un abogado especializado en derecho de familia puede orientarte sobre qué figura aplicar según tu situación particular y ayudarte a realizar los trámites necesarios.
OLGA SAMANES ALCOYA – ABOGADA
PAMPLONA, NAVARRA, ESPAÑA
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